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Población Privada de Libertad

En primer término, cabe hacer notar que a estas personas únicamente se les ha limitado el ejercicio de su libertad, por tanto, en concordancia con los tratados internacionales ratificados por el país en materia de Derechos Humanos, Gendarmería de Chile basa su labor en el debido respeto y garantía de todos los demás derechos que les son inherentes, en cuanto a su calidad de personas humanas.

Esta población corresponde a personas recluidas en unidades penales, bajo la custodia de Gendarmería de Chile, pudiendo tener la condición de condenadas, imputadas/procesadas y detenidas.

También considera población condenada a pena de reclusión efectiva, que cuenta con beneficios intrapenitenciarios como Salida Controlada al Medio Libre, Salida de Fin de Semana y/o Salida Dominical, que implican el egreso autorizado del establecimiento penitenciario, sin custodia, por un tiempo preestablecido, con el objeto de que la persona desarrolle actividades de índole personal, familiar, que favorezcan su proceso de reinserción social.

Finalmente incluye a población condenada a pena de reclusión efectiva que, producto de su conducta, postula y logra acceder a un Centro de Educación y Trabajo (CET), el que ofrece un medio organizado en torno a la actividad laboral y la capacitación, como eje principal de su quehacer y donde las medidas de seguridad adoptan un carácter de autodisciplina de los condenados.


Para la materialización de la dignidad y el principio de trato humano de la población privada de libertad, Gendarmería de Chile efectúa la debida separación de la población por criterios de calidad procesal (condenados e imputados), sexo (hombres y mujeres), edades (jóvenes y adultos) y otros. Segregada la población, asegura las siguientes condiciones y prestaciones:

● Alimentación, alojamiento, vestimenta y ropa de cama, instalaciones sanitarias e higiene personal, agua potable, atención de salud, asistencia espiritual y acercamiento a la red familiar.
● Acceso a educación, trabajo, cultura, deporte y recreación.
● Atención profesional por demanda espontánea o derivación o detección de atención profesional, sea ésta de las disciplinas sociales, psicológicas u ocupacional y que corresponden a: acciones asistenciales, aplicación de instrumentos de evaluación, entrevista de evaluación por aplicación de marco normativo, gestión de articulación de redes y tramitación ante organismo externo, orientación o entrega de información y visita en terreno.
● Acceso a procesos diferenciados de intervención psicosocial, fomentando el desarrollo de conductas, competencias y habilidades prosociales, orientadas a la disminución del nivel de riesgo de reincidencia delictual, involucrando en el proceso a la familia del sujeto y la sociedad civil.

Para favorecer la finalidad de la condena, cual es la reforma y reinserción social de las personas, Gendarmería de Chile cuenta, en consonancia con el Modelo de Intervención, con los siguientes programas para las personas privadas de libertad:


Programa de Reinserción Social en Convenio con el Ministerio del Interior

Su objetivo es facilitar y apoyar el proceso de reinserción social de población penal en calidad de condenada que presenta un alto o muy alto riesgo de reincidencia delictual, evaluada a través de Instrumento de Valoración de Riesgo y que cumple condena en alguno de los siete (7) establecimientos penitenciarios donde se ejecuta el programa; disminuyendo su riesgo de reincidencia delictual mediante el mejoramiento de habilidades y competencias cognitivas, psicosociales, relacionales y laborales, así como también contribuir a reducir los efectos de la prisionización y a mejorar sus posibilidades de reinserción social.

Está orientado a población condenada masculina que presenten un alto o muy alto riesgo de reincidencia (excepcionalmente medio), ubicados en los siete (7) establecimientos penitenciarios del país y cuyo saldo de condena no sea inferior a 1 año, considerando cumplimiento de condena con rebaja (Ley N°19.856), con saldo de condena que no supere los 5 años o, alternativamente, desde 2 años antes de su tiempo mínimo cumplido, que no presente contraindicaciones de salud mental (trastorno psiquiátrico descompensado o trastorno de la personalidad severo) y presenten disposición a la intervención en las torres o módulos donde éste se ejecuta.

A modo de referencia, la población vigente a noviembre de 2021 es de 946 personas en intramuros y 26 con permiso de salida.


Programa Creciendo Juntos

Este programa cuenta con dos propósitos, uno, otorgar las condiciones necesarias para la atención de mujeres gestantes y aquellas que viven con sus hijos lactantes (hasta los dos años de edad), permitiendo el ejercicio del derecho a permanecer juntos y fortalecer aspectos de apego, a través de la aplicación de talleres de parentalidad dirigidos a padres y madres, que se encuentren condenados.

El criterio de acceso para el primer componente es mujeres que se encuentran en estado gestacional o con hijos lactantes de hasta los dos años de edad. Para segundo componente es hombres o mujeres que tengan hijos hasta los 12 años de edad que les visiten durante la reclusión.

Para el primer componente la cobertura esperada es del 100%. A modo de referencia, para el segundo componente, el año 2020 se atendieron 598 padres y madres.


Programa de Reinserción Social en Secciones Juveniles

Su objetivo es proporcionar atención e intervención profesional diferenciada a las poblaciones penales condenadas en el contexto de la Ley N°20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente.

Dado lo anterior, el criterio de acceso es jóvenes mayores de 18 años, quienes, de acuerdo al artículo N° 56 de la Ley N° 20.084, son derivados a las Secciones Juveniles por el tribunal competente previo informe del SENAME.

La cobertura esperada es del 100% de la población que cumple el criterio de ingreso.


Programa Centros de Educación y Trabajo Cerrados

Este programa está centrado en mejorar la empleabilidad de la población condenada, a través de la capacitación, formación y/o especialización sistemática en técnicas fundamentales u oficios. Para ello se utilizan metodologías teórico-prácticas y se realiza formación socio laboral, además proporcionar trabajo regular y remunerado en un contexto que favorezca su proceso de reinserción socio laboral.

Las personas son seleccionadas a partir de variables como tiempo de condena, disposición al trabajo, necesidades de reinserción social, antecedentes psicológicos, sociales y de conducta, pasando a incorporarse a estas secciones, al interior de los establecimientos cerrados, separados del resto de la población penal.


Programa Centros de Educación y Trabajo Semiabiertos

Su objetivo es promover el aprendizaje técnico de oficios y el desarrollo de hábitos sociales y laborales en un espacio de intervención diferenciado y especializado permitiéndole al condenado privado de libertad ampliar su repertorio de recursos personales, mejorando sus probabilidades de reinserción laboral y social.

Este Programa está dirigido a población penal condenada del Sistema Cerrado, quienes tras un proceso de selección que considera requisitos de tiempo, disposición al trabajo, necesidades de reinserción social, motivación al cambio y antecedentes psicológicos, sociales y de conducta, son trasladados a estos establecimientos penitenciarios especiales, independientes y autónomos, que permiten el desarrollo de un proceso progresivo de acercamiento al medio libre a partir de desarrollo de rutinas laborales y de intervención psicosocial, en un ambiente caracterizado por la autodisciplina y relaciones de confianza.


Programa de Reinserción Social para Personas Privadas de Libertad

Su objetivo es facilitar el ejercicio de los derechos que no se encuentren restringidos por la condición de privación de libertad a la universalidad de la población (trabajo, deporte, recreación, arte, cultura y educación) y en el caso de población en calidad procesal de condenada, intervenir de manera especializada en el ámbito psicosocial, con el objetivo de disminuir su probabilidad de reincidencia delictual.

Está orientado a población penal imputada y condenada, hombres y mujeres, en régimen de administración tradicional (cárceles no concesionadas). 

El programa posee dos componentes. El primero corresponde a prestaciones que garantizan el ejercicio de los derechos, por tal razón su atención se focaliza a la demanda espontánea y a las necesidades de atención psicológico, social u otra prestación que propicie el ejercicio de sus derechos, por lo cual no existe un flujo de ingreso estructurado por las características propias del componente. 

El segundo componente corresponde a población que se encuentra permanente en el programa de manera estructurada con sistemas de ingresos, evaluaciones y elaboraciones de plan de intervención que contribuye de manera más directa al propósito.   

A modo de referencia, la población que a noviembre de 2021 ha accedido a intervención es de 7.816 personas.